La Generalitat convoca ayudas para atender el pago de alquiler en situaciones de emergencia social

 

La Generalitat Valenciana ha convocado unas ayudas destinadas a la atención del pago de alquiler en situaciones de emergencia social publicadas en el DOCV Nº 7848 de fecha 10/08/2016.

Desde el Ayuntamiento y los Servicios Sociales se valorarán y en su caso se tramitarán las solicitudes de los posibles beneficiarios con los siguientes pormenores:

Destinatarios

Serán destinatarios de las ayudas las personas o unidades de convivencia que sean reconocidas en situación de emergencia social. A los efectos de la citada Orden se consideras personas y unidades de convivencia en situación de emergencia social las que cumplan los siguientes requisitos:

a). Que la persona o miembros de la unidad de convivencia no dispongan de recursos o ingresos suficientes para afrontar los gastos derivados del alquiler. 7.455,14 euros/año

 

b). Que la renta per cápita anual de la persona o de los miembros de la unidad de convivencia, no exceda de una vez el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), en cómputo anual de catorce pagas.

 

Importe de las ayudas

La cuantía será del 50 por 100 de la renta de alquiler mensual realmente abonada desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016.

De acuerdo con lo establecido por la citada Orden, Base Sexta, no podrán ser objeto de las ayudas los titulares de contratos de arrendamiento de vivienda cuya renta supere los siguientes límites:

Importe anual: 4.200€
Importe mensual: 350 €

Documentación a aportar

  • Declaración de la renta del 2015 de la unidad familiar o certificado de imputaciones negativas, en caso de no estar obligado a presentarla. Si la declaración se realiza por opción de tributación individual, además, se deberá aportar la del cónyuge/pareja.
  • Contrato de alquiler y justificante de los últimos pagos realizados.
  • Volante o certificado de empadronamiento de la unidad familiar.
  • DNI del solicitante, permiso de trabajo o permiso de residencia.
  • Libro de familia.
  • Certificado de inscripción en el SERVEF donde conste el periodo de desempleo tanto del solicitante como el cónyuge/pareja, si es el caso.
  • Certificado de discapacidad del/los hijo/s a cargo del solicitante.
  • Fotocopia de la cuenta bancaria del solicitante.

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