Entra en vigor hoy la Ley de Renta Valenciana de Inclusión

Hoy ha entrado en vigor la nueva Ley de Renta Valenciana de Inclusión de la Generalitat Valenciana (GVA) que incluye mejoras respecto a la Renta Garantizada de Ciudadanía, a la que sustituye, como el incremento del importe de la ayuda, la ampliación y flexibilización de los requisitos para acceder, el aumento de tiempo de cobertura de la prestación y el ahorro en la gestión burocrática.

Aquellas personas que quieran solicitar esta ayuda deberán presentar la solicitud en el Ayuntamiento de Loriguilla, a través de Registro de Entrada. Una vez valoradas y aprobadas las prestaciones, el pago lo efectuará directamente la administración autonómica.

En función de la situación de vulnerabilidad económica, social o laboral de la persona, hay cuatro modalidades de prestaciones, dos vigentes y otras dos que entrarán en vigor en 2019 y 2020. Estas modalidades son:

  1. Renta de inclusión social: garantiza el derecho a la inclusión. Los titulares o beneficiarios suscriben voluntariamente un acuerdo de inclusión social
  2. Renta de ingresos mínimos: los titulares o beneficiarios no suscriben el acuerdo de inclusión social, lo que hace que la cuantía disminuya. Se trata de colectivos que están en condiciones de realizar un itinerario de inserción socio-laboral.
  3. Renta complementaria de ingresos por prestaciones (Entra en vigor en 2019)
  4. Renta complementaria de ingresos por trabajo (Entra en vigor en 2020)

Respecto a las cuantías de la renta, esta varía en función del número de miembros de la unidad familiar y de si se acepta o no, el acuerdo de inclusión social.

Como novedad, en el mismo trámite, los destinatarios tendrán el acceso directo a las becas de educación infantil, ayudas de libros de texto, gastos de matrícula de la educación secundaria, formación profesional y estudios universitarios, becas de comedor escolar, sanidad universal y prestación farmacéutica y orto-protésica.

El importe de la prestación será, según el salario mínimo interprofesional, de 515,13 euros, en el caso de un titular, y 809,49 euros para una unidad familiar de seis personas. Si bien, se contempla un incremento de hasta el 25% para sufragar gastos derivados del alquiler o el pago de cuotas hipotecarias, así como para garantizar el acceso a los suministros básicos. En este último caso las cuantías oscilarían entre los 643,91 euros y los 1.101,86 euros.

La prestación tendrá carácter indefinido siempre y cuando persista la situación que hace necesaria su percepción. La renovación se hará cada 3 años. Además, amplía la edad para poder solicitarla hasta los 16 años, en aquellos supuestos especiales como las de jóvenes ex tutelados por la Generalitat o con personas a su cargo.

Podrán solicitar estas ayudas:

  • Personas que hayan residido en la Comunitat Valenciana durante los últimos 12 meses o un total de 5 años de los últimos 10.
  • Personas con recursos económicos inferiores a la cuantía de la renta valenciana de inclusión.
  • Personas sin bienes muebles o inmuebles, distintos a la vivienda habitual, que indiquen medios suficientes o superiores a la RVI (excepto patrimonio especialmente protegido de personas con discapacidad).
  •  Personas que no ocupen plaza en un centro de atención residencial.

En líneas generales, habrá que ser mayor de 25 años, salvo en los siguientes supuestos:

  • Para mayores de 18 años en los casos de que hayan tenido entre 1-2 años de alta en la seguridad social y tengan un hogar independiente anterior; estén en situación de dependencia o diversidad funcional, en situación de orfandad, que hayan estado entre los 15 y los 17 años en el sistema de protección o de reeducación para personas menores de edad.
  • Para mayores de 16 años cuando tengan menores, personas con diversidad funcional o dependencia a su cargo, que hayan sido víctimas de explotación sexual o trata, así como de violencia de género o intrafamiliar, o que estén participando en un programa de preparación para la vida independiente.

Se puede consultar toda la información, así como descargarse los impresos de solicitud en el siguiente enlace: http://www.inclusio.gva.es/es/web/integracion-inclusionsocial-cooperacion/renta-valenciana-de-inclusion-rvi

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